§ 01Juicio ejecutivo del ciclo
En la ventana del 21 al 23 de septiembre de 2026 no hay reforma fiscal estructural ni cambio de NOM vigente. La Segunda Resolución de Modificaciones a las RGCE 2026, publicada por el SAT el 22 de septiembre, es el acto de mayor materialidad: introduce ajustes operativos, endurece el expediente de agentes aduanales frente a listados fiscales y prolonga hasta el 30 de septiembre el uso del régimen transitorio del artículo 59, fracción III de la Ley Aduanera. En paralelo, Economía habilita un cupo de 10,000 cabezas de bovino en pie y SICT abre la consulta de una norma para limpieza y control de residuos peligrosos en unidades vehiculares. SENER no publicó un instrumento nuevo en el ciclo, pero siguen corriendo dos calendarios energéticos con impacto en permisos y CAPEX.
“Decisión inmediata: cerrar antes del 30/09 el diagnóstico aduanero y confirmar si existe expediente activo en la etapa 8 de permisos de generación.”
§ 021. Lectura rápida y triage
Hallazgos materiales del ciclo| Hallazgo | Institución | Fecha | Nivel | Palanca |
|---|
| 2a Resolución de Modificaciones a RGCE 2026 y Anexos 1, 2 y 22 | SAT/SHCP | 22/09 | ALTO | Obligaciones, plazos y cumplimiento aduanero |
| Cupo de 10,000 cabezas de bovino en pie, fracción 0102.29.99 | SE | 22/09 | MEDIO | Cuota, arancel-cupo y barreras de entrada |
| Consulta PROY-NOM-019-SICT2/2026 sobre residuos peligrosos en unidades | SICT | 23/09 | MEDIO | Requisitos, obligaciones y costos logísticos |
| Respuestas a comentarios PROY-NOM-011-SSPC-2025 sobre eventos masivos | SSPC | 22/09 | MEDIO | Requisitos, permisos y aforo |
| Tarifas de servicios portuarios en diversos puertos y Topolobampo | SEMAR | 22-23/09 | BAJO-MEDIO | Costos logísticos locales |
| Informe de recaudación federal participable de agosto | SHCP | 21/09 | BAJO | Impacto financiero público, sin efecto corporativo directo |
| Veda temporal de camarón | SADER | 21/09 ves. | BAJO | Permisos pesqueros sectoriales |
| Tipo de cambio y TIIE | Banxico | Diario | BAJO | Precios de referencia y tasas |
| Actualizaciones de acreditación EMA | EMA | - | NULO | Sin publicación material en la ventana |
| Instrumento nuevo de SENER | SENER | - | NULO | Sin publicación; permanecen abiertos plazos previos |
§ 03Decisiones que no pueden esperar al siguiente corte
- 30 de septiembre de 2026: termina, salvo nueva prórroga, el régimen transitorio del artículo 59, fracción III de la Ley Aduanera y la regla 1.5.1 RGCE. Los importadores deben decidir por tipo de operación si ya operan bajo el esquema 2026 o si agotan el colchón 2025.
- 30 de septiembre de 2026: cierra la etapa 8 de la Segunda Convocatoria de permisos de generación e interconexión alineados a planeación vinculante.
- Desde el 21 de septiembre y hasta el 15 de enero de 2027: permanece abierta la ventana para solicitar la migración voluntaria de autoabastecimiento y cogeneración.
- Desde el 24 de septiembre: corre la consulta de PROY-NOM-019-SICT2/2026 por 60 días naturales. La postura técnica debe presentarse antes de la NOM definitiva.
- Esta semana: los importadores de bovino con historial 2025-2026 deben solicitar en VUCEM el cupo disponible antes de que se agoten las 10,000 cabezas.
§ 042. SAT y SHCP: Segunda Resolución de Modificaciones a las RGCE 2026
El SAT publicó el 22 de septiembre la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026 y los Anexos 1, 2 y 22, nota DOF 5799243. Entra en vigor al día siguiente de su publicación, sin perjuicio de los efectos de las disposiciones anticipadas conforme a la regla 1.1.2. El resolutivo PRIMERO reforma el glosario y las reglas 1.4.12, 1.4.14, 3.7.20, 4.5.15, 4.5.33, 4.6.11, 7.1.4, 7.1.5 y 7.2.1, y adiciona un sexto párrafo a la regla 3.1.2. El resolutivo SEGUNDO reforma el Transitorio Décimo Primero de las RGCE 2026.
Cambios operativos verificables| Materia | Efecto práctico |
|---|
| NICO inexacto y suspensión en SEA | La suspensión puede dejarse sin efectos mediante rectificación de pedimento y ficha 20/LA; la autoridad cuenta con cinco días. |
| Expediente del agente o agencia aduanal | Debe incluir manifestación bajo protesta de que el usuario no aparece en listados de los artículos 49 Bis, 69, 69-B o 69-B Bis del CFF, con actualización trienal o ante cambios informados. |
| Muestras para atestación o cumplimiento | Se permiten muestras de hasta dos kilogramos por mercancía de las fracciones o NICO del numeral 8 TER del Anexo 2.2.1. |
| Incumplimiento de etiquetado NOM | El interesado puede acreditar cumplimiento dentro de los 30 días posteriores al acta y pagar la multa aplicable. |
| No arribo de mercancías | La ficha 144/LA es necesaria; si falta o no se acredita caso fortuito, el almacén deja de emitir carta de cupo electrónica M1.8 hasta el pago correspondiente. |
| Transportistas y operaciones de tránsito | Se habilita el registro mediante ficha 114/LA para tránsito, recinto fiscalizado estratégico y consolidación terrestre. |
| Certificaciones OEA y similares | Los incumplimientos de seguridad detectados en visita pueden subsanarse en tres meses, con aviso a AGACE en 20 días y un recast de 20 días; de no subsanar, la nueva solicitud espera seis meses. |
| Transitorio Décimo Primero | Hasta el 30/09/2026 puede usarse el esquema del Transitorio Quinto de RGCE 2025 para artículo 59-III y regla 1.5.1; hasta el 31/12/2026 se difiere cierta documentación del artículo 81 del Reglamento si se transmite conforme al artículo 36-A de la Ley. |
§ 05Interpretación, implicación y riesgo aduanero
No es una reforma de fondo al régimen aduanero 2026, sino un paquete de microajustes operativos acompañado de una prórroga corta. El SAT no corta en seco el colchón 2025, pero lo reduce al 30 de septiembre y conserva un segundo colchón documental hasta fin de año. El diseño sugiere que una parte material del padrón todavía no transmite el expediente electrónico completo. La nueva manifestación de los agentes desplaza hacia el despacho privado una parte del due diligence fiscal frente a los listados 69-B.
Implicación para el negocioEl costo de nuevas cuotas es bajo; el costo de incumplir puede ser alto: suspensión en SEA, pérdida de carta de cupo, observaciones aduaneras o recast de seis meses para certificaciónes. El calendario de sistemas y procesos VUCEM debe alinearse esta semana con la Ventanilla Única actualizada.
⚠ Riesgos aduaneros- Pedimentos observados por NICO inexacto y suspensión en SEA si no se activa la ficha 20/LA.
- Contagio fiscal por proveedores o usuarios vinculados con listados 69-B, 69-B Bis o 49 Bis.
- Pérdida de OEA por administrar mal el plazo de tres meses para subsanar hallazgos de seguridad.
- Creer que el colchón documental del artículo 81 del Reglamento permanece después del 31/12/2026.
- Desalineación entre ventanillaunica.gob.mx y procedimientos internos que todavía usan flujos anteriores.
◆ Acciones de blindaje aduanero- Antes del 30/09, inventariar pedimentos y transmisiones del artículo 59-III y regla 1.5.1, y decidir el corte de régimen por operación.
- Actualizar contrato y SLA del agente aduanal: screening documentado de 69-B, 69-B Bis y 49 Bis, manifestación bajo protesta y refresh cada 36 meses o ante cambio.
- Preparar un simulacro de suspensión SEA por NICO con plantilla de rectificación, ficha 20/LA y responsable con SLA interno de 24 horas.
- Establecer protocolo de aviso 144/LA ante no arribo en almacenes generales de depósito.
- Crear tablero de no conformidades OEA con vencimiento a 90 días y aviso a AGACE a los 20 días.
§ 063. Secretaría de Economía: cupo de ganado bovino en pie
El Acuerdo publicado el 22 de septiembre, nota DOF 5799245, abre un cupo de 10,000 cabezas para importar ganado bovino en pie de la fracción 0102.29.99, vigente hasta el 31 de diciembre de 2026. La asignación es directa hasta agotar el cupo y está dirigida a personas físicas y morales establecidas en México que acrediten importaciones de bovino en pie durante 2025 o 2026. El trámite se realiza en la Ventanilla Única con e.firma, factura comercial y pedimentos. La autoridad debe emitir oficio de asignación o rechazo en cinco días hábiles y el certificado en dos días hábiles.
Cifras del cupo bovino
10,000cabezasCupo totalVigente hasta 31/12/2026
0.11%del CNA (consumo nacional aparente o Comisión Nacional Antimonopolio, según contexto)Peso relativoSobre 8.8 millones de cabezas estimadas
28%de importacionesCobertura aproximadaComparado con importaciones 2025
5 + 2días hábilesTrámiteAsignación o rechazo y certificado
El cupo es pequeño frente al consumo nacional aparente estimado de 8.8 millones de cabezas y funciona como posible colchón de abasto (interpretación; no es texto literal del DOF) de fin de año, no como mecanismo para deprimir el precio doméstico. El diseño premia a importadores existentes y puede concentrar la asignación en quienes lleguen primero con factura suficiente. El certificado no sustituye los requisitos zoosanitarios de SADER, es nominativo, intransferible e improrrogable.
◆ Acciones para importadores de bovino- Presentar esta semana la solicitud en VUCEM si existe historial 2025-2026 y factura en firme.
- No comprometer en contratos forward un volumen superior al oficio de asignación.
- Validar los requisitos zoosanitarios y el HRZ del país de origen antes de fondear el embarque.
- Considerar el certificado como condición suspensiva del contrato, no como sustituto del Acuerdo o de los permisos SADER.
§ 074. Normalización: PROY-NOM-019-SICT2/2026
El 23 de septiembre la SICT publicó el aviso de consulta pública del PROY-NOM-019-SICT2/2026, nota DOF 5799362. El proyecto establece especificaciones para la limpieza, manejo y control de remanentes y residuos peligrosos en unidades vehiculares que transportan sustancias, materiales y residuos peligrosos. La consulta corre por 60 días naturales desde el 24 de septiembre. El ámbito alcanza a expedidores, autotransportistas, destinatarios, Centros de Limpieza y Unidades de Inspección; quedan fuera los materiales radiactivos de Clase 7. La propuesta sustituye en proceso a la NOM-019-SCT2/2015 tras su revisión quinquenal.
La consulta todavía no es una NOM vigenteEl acto abre formalmente el expediente de reemplazo. La nomenclatura SCT2 a SICT2 refleja la reorganización institucional, no un relajamiento regulatorio. El proyecto anticipa requisitos para centros de limpieza, documentos de acreditación de limpieza y posibles impactos futuros en evaluación de la conformidad.
◆ Postura técnica en la ventana de 60 días- Leer el proyecto completo y mapear brechas frente a la NOM-019-SCT2/2015.
- Revisar bitácoras, procedimientos de lavado y contratos con Centros de Limpieza.
- Preparar comentarios técnicos en formato editable y enviarlos a la SICT dentro del plazo.
- Coordinar la postura con CANACAR, ANIQ, ONEXPO u otras cámaras pertinentes para evitar comentarios fragmentados.
§ 085. Otros asuntos materiales
La SSPC publicó respuestas a comentarios del PROY-NOM-011-SSPC-2025 sobre protección civil en espectáculos y eventos masivos. Se amplió el alcance a jaripeos, rodeos, corridas de toros, carreras de caballos y peleas de gallos; se ajustó la definición de aforo esperado y se aceptaron radio comunicación o dispositivos móviles. Se armonizó el perfil del técnico en atención médica prehospitalaria con la NOM-034-SSA3-2013 y se rechazaron tablas mínimas rígidas de brigadistas. La NOM todavía no está vigente, pero estadios, festivales, recintos feriales y aseguradoras deben seguir el expediente y preparar cláusulas de cambio regulatorio para contratos 2027.
SEMAR publicó avisos de tarifas portuarias para Topolobampo y otros puertos. Los montos unitarios están en PDF anexos y no en el cuerpo de los avisos. Las tarifas entran en vigor a los 20 días hábiles siguientes, aproximadamente el 21 de octubre de 2026, sujeto al calendario oficial. El impacto es localizado en recolección de residuos peligrosos en Puerto Vallarta, lanchaje y agua potable en Topolobampo y pesaje en Guaymas; no debe presentarse como un alza portuaria nacional.
§ 096. Energía: sin instrumento nuevo, pero con plazos vivos
En el índice del DOF del 21 al 23 de septiembre no aparece una publicación nueva de SENER, CNE, CENACE, CONUEE o ASEA. El silencio no elimina los calendarios abiertos. La etapa 8 de la Segunda Convocatoria de permisos de generación e interconexión, modificada el 10 de septiembre, corre hasta el 30 de septiembre; la CNE resolvería el 4 y 5 de noviembre y notificaría títulos el 9 de noviembre. La ventana de solicitud para migración voluntaria de autoabastecimiento y cogeneración corre del 21 de septiembre de 2026 al 15 de enero de 2027. El requisito CEL para 2025 y 2026 permanece en 13.9%.
⚠ Riesgos energéticos- Perder la etapa 8 y diferir el CAPEX al siguiente bloque de títulos.
- No presentar a tiempo la migración y quedar en un limbo de figura legal pre-Ley del Sector Eléctrico.
- Subcubrir el requisito CEL de 13.9% por asumir que el silencio del ciclo implica una modificación.
◆ Agenda energética- Asignar un PMO regulatorio con due date del 30/09 para la convocatoria de permisos.
- Revisar esta semana el expediente de migración si la figura actual es autoabastecimiento o cogeneración.
- Mantener la cobertura CEL de 13.9% para los periodos de obligación 2025-2026.
§ 107. Plazos y eventos del ciclo
Calendario regulatorio abierto
2026-09-21Abre solicitud de migración eléctricaInicia la ventana para migración voluntaria de autoabastecimiento y cogeneración.
2026-09-22Segunda Resolución RGCE 2026Publicación de la nota DOF 5799243; efectos generales al día siguiente.
2026-09-22Cupo bovinoEntra en vigor el cupo de 10,000 cabezas de la fracción 0102.29.99.
2026-09-24Inicia consulta PROY-NOM-019-SICT2/2026Ventana de 60 días naturales para comentarios técnicos.
2026-09-30Cierre del transitorio aduaneroFin del régimen transitorio del artículo 59-III y regla 1.5.1 RGCE.
2026-09-30Cierra etapa 8 de permisosÚltimo día de la etapa de la Segunda Convocatoria de generación e interconexión.
2026-10-21Vigencia aproximada de tarifas portuariasEstimación basada en 20 días hábiles; validar con calendario oficial.
2026-12-31Fin del cupo bovino y del colchón documentalTerminan la vigencia del cupo y el segundo plazo documental del artículo 81 del Reglamento.
2027-01-15Cierra migración eléctricaÚltimo día de la ventana de solicitud de migración voluntaria.
§ 118. Indicadores observados
Serie temporal USD/MXN y datos consolidados| Indicador | Valor | Unidad | Periodo | Nota | Fuente |
|---|
| USD FIX | 17.1872 | MXN/USD | 18/09/2026 | +0.20% | DOF/Banxico |
| USD FIX | 17.2450 | MXN/USD | 21/09/2026 | +0.34% | DOF/Banxico |
| USD FIX | 17.2203 | MXN/USD | 22/09/2026 | -0.14% | DOF/Banxico |
| USD FIX | 17.3015 | MXN/USD | 23/09/2026 | +0.47% | DOF/Banxico |
| UDIS | 8.823306 | MXN | 23/09/2026 | Serie 11-25/09 publicada el 10/09 | DOF Banxico |
| TIIE 28 | 6.7860 | % | 23/09/2026 | Equilibrio interbancario | DOF Banxico |
| TIIE fondeo | 6.53 | % | 23/09/2026 | Un día hábil bancario | DOF Banxico |
| CEL requisito | 13.9 | % | 2025 y 2026 | Sin cambio en este ciclo | DOF SENER 17/08/2026 |
§ 129. Mapa de riesgos y paquete de acciones
Riesgos priorizados| Riesgo | Probabilidad | Impacto | Dueño típico |
|---|
| Operar el 1/10 sin cerrar el régimen del artículo 59-III | Media-alta | Alto: observación aduanera | Comercio exterior / CFO |
| Agente aduanal sin screening 69-B actualizado | Media | Alto: contagio fiscal | Fiscal / agente |
| Perder etapa 8 de permisos de generación | Media | Alto: CAPEX diferido | Regulación energía |
| No comentar PROY-NOM-019 y heredar texto adverso | Alta si no hay postura técnica | Medio diferido a 2027 | EHS / logística |
| Certificado bovino sin HRZ del origen | Media | Medio: embarque detenido | Compras pecuarias |
◆ Acciones por horizonte- Esta semana: cerrar diagnóstico del artículo 59-III, revisar etapa 8 de permisos, solicitar cupo bovino si aplica y exigir al agente la manifestación 69-B de la regla 1.4.14-VIII.
- En 60 días: leer el proyecto NOM-019 completo, hacer gap analysis frente a la NOM-019-SCT2/2015 y enviar comentarios técnicos por PLATIICA.
- Hasta el 31/12/2026 y 15/01/2027: preparar la transmisión documental del artículo 81, sostener el monitoreo semanal del IEPS de combustibles y completar el expediente de migración eléctrica.
§ 1310. Método, límites y fuentes
Se consultaron los índices oficiales del DOF del 21 de septiembre, en ediciones matutina y vespertina, y del 22 y 23 de septiembre de 2026. Se revisaron las notas materiales sobre RGCE, cupo bovino, PROY-NOM-019, respuestas al PROY-NOM-011 y tarifas SEMAR. Los instrumentos de ciclos previos solo se incorporan cuando mantienen un plazo abierto y material. Las cifras proceden de considerandos o resolutivos del DOF y de la serie Banxico publicada en el mismo órgano.
Límites: no se descargaron los PDF tarifarios anexos de SEMAR, no se reprodujo el articulado íntegro de los Anexos 1, 2 y 22 de las RGCE y no se desagregaron el informe de participaciones ni el INPC de agosto por no cambiar la tesis de negocio. EMA, SENER y SAT-RMF no publicaron actos nuevos en la ventana. Este documento es de trabajo para decisión y no constituye opinión legal ni dictamen de cumplimiento.
TRAZABILIDADFuentes primarias: DOF 21/09/2026 matutina y vespertina; DOF 22/09/2026; DOF 23/09/2026. Notas 5799139, 5799237, 5799239, 5799241, 5799243, 5799245, 5799358, 5799362 y 5799376-5799378. Instrumentos de arrastre: DOF 27/12/2025 RGCE 2026, 10/09/2026 convocatoria de generación, 08/09/2026 migración eléctrica, 17/08/2026 CEL, 04/09/2026 Reglamento de la LIC y 11/09/2026 IEPS de combustibles. Portales citados: ventanillaunica.gob.mx, platiica.economía.gob.mx, snice.gob.mx y sat.gob.mx. Verificar siempre el PDF oficial de cada nota DOF antes de ejecutar una decisión.