§ 01Señales de que algo no cuadra
Nadie ve la calibración de un medidor, pero sus efectos sí se ven en el recibo. Las señales típicas: consumo que sube de golpe sin cambio de equipos ni hábitos; lecturas estimadas cuando el medidor debería leerse físicamente; recibos con lecturas decrecientes o imposibles; o diferencias grandes entre la lectura del medidor y la del recibo. Ninguna prueba por sí sola confirma un defecto, pero varias juntas justifican pedir la verificación.
§ 02El derecho a que se verifique el instrumento
La Ley de Infraestructura de la Calidad y su Reglamento establecen que los instrumentos de medición usados en transacciones comerciales deben cumplir las normas oficiales aplicables y someterse a evaluación de la conformidad. El usuario puede solicitar la verificación del medidor que fundamenta su facturación. Si el instrumento resulta fuera de los límites de error permitidos, la facturación emitida sobre sus lecturas pierde su base técnica y procede la corrección.
Según el Vocabulario Internacional de Metrología (VIM), la calibración establece la relación entre los valores indicados por el instrumento y los valores de referencia, con su incertidumbre asociada. El ajuste es una operación distinta que modifica el instrumento para que sus indicaciones se acerquen a un valor de referencia. Para efectos de reclamación, lo que se solicita es la verificación (comprobación de conformidad con la norma). Es recomendable que la verificación la realice un laboratorio o unidad acreditada independiente, o al menos que el usuario tenga derecho a presenciarla o a designar un tercero, para evitar el conflicto de interés de que la verifique exclusivamente la parte que suministra el servicio.
§ 03Dónde se reclama
Primero, el canal directo de la empresa suministradora: reporte, número de servicio y solicitud de verificación, siempre por escrito o con acuse de recibo. Si la respuesta no llega o no resuelve, el siguiente nivel es la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), que tiene atribuciones en materia de servicios públicos y contratos de adhesión. En algunos estados existen también instancias de atención ciudadana o de la propia CFE (Unidad de Atención a Usuarios). Conserve siempre el número de reporte y los plazos de respuesta que le indiquen.
- Reúna evidencia: últimos recibos, fotos del medidor con lectura y fecha, reportes previos.
- Solicite por escrito la verificación del medidor y pida el resultado por el mismo canal.
- Si el resultado confirma el defecto, reclame la corrección de la facturación afectada con base en ese resultado.
- Sin respuesta o con respuesta parcial, escale la inconformidad al Profeco con todo el expediente.
◆ Antes de reclamar- Descarte las causas simples: temporadas (calor, calefacción), equipos nuevos, estimaciones por lecturas no tomadas.
- Guarde todo el expediente: una reclamación con evidencia fechada se resuelve mucho más rápido que una inconformidad verbal.
Fuentes de consulta: Ley de Infraestructura de la Calidad y su Reglamento (DOF 4 de septiembre de 2026) · NOM-001-CRE/SCFI-2019 y régimen de transición · Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) · Vocabulario Internacional de Metrología (VIM 3ª ed.) · Pieza relacionada: El mercado detrás de la medición (OBS-2026-010).
TRAZABILIDADFuentes: Ley de Infraestructura de la Calidad y su Reglamento · NOM-001-CRE/SCFI-2019 · Profeco · VIM · OBS-2026-010.